A. Congreso anual de la Sociedad Chilena de Anestesia
i. Colaborar con el Directorio de la Sociedad en la elaboración del programa científico.
ii. Participar, monitorizar y colaborar el desarrollo del programa científico
iii. Evalúa y califica los trabajos enviados:
- Vela por la correcta aplicación de la ley en investigación en seres humanos (leyes 19.628, 20.120, 20.584 (entra en vigor 1 de octubre de 2012), 20.850 y la Norma técnica n˚ 57).
- 2Evalúa, selecciona y nomina a premiación los trabajos científicos y vela por la transparencia en el proceso.
- 3. Coordina y administra la entrega de premios a los mejores trabajos científicos presentados
iv. Compila y publica el syllabus del Congreso anual
B. Participa o nombra representantes en Comités ministeriales o como parte de comités científicos de congresos o cursos internacionales
C. Es el ente técnico para determinar el puntaje de los cursos de post grado para la recertificación
D. Responsable de La Revista Chilena de Anestesia será responsabilidad del Comité Científico.
i. Nombra al Editor de la Revista Chilena de Anestesia.
ii. Colabora en la gestión, desarrollo y publicación de la Revista junto al editor responsable.
E. Sobre el Fondo de Investigación de la Sociedad Chilena de Anestesia:
i. Velará por la adjudicación y correcta administración presupuestaria del fondo.
ii. Calificará los proyectos postulantes.
iii. Velará por el cumplimiento de las normas del concurso.
iv. Revisará las normas que rigen el concurso en forma periódica.
F. Revisa y modifica los estatutos del Comité Científico